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Citas médicas solo por videollamada

TÉRMINOS Y CONDICIONES ESPECÍFICOS DEL SERVICIO DE TELEMEDICINA

SECCIÓN I — DISPOSICIONES PRELIMINARES

ARTÍCULO 1. OBJETO

1.1. El presente documento regula los términos y condiciones específicos que rigen la prestación del servicio de atención de salud remota (telemedicina) ofrecido a través de la plataforma tecnológica de Nueva Medicina SpA (en adelante, «NUEVA MEDICINA»), ubicada en https://nuevamedicina.cl (en adelante, «la Plataforma»).

1.2. Estos Términos y Condiciones de Telemedicina complementan y forman parte integrante de los Términos y Condiciones Generales del Servicio. En caso de contradicción entre ambos instrumentos, prevalecerán las disposiciones específicas del presente documento en lo relativo a la prestación del servicio de telemedicina.

1.3. Al utilizar el servicio de telemedicina, el Paciente confirma que:

  1. a) Ha leído, comprendido y acepta los presentes Términos y Condiciones.
  2. b) Autoriza que el Profesional acceda a la información clínica que sea necesaria para la atención.
  3. c) Comprende y acepta que las atenciones remotas tienen limitaciones inherentes en comparación con las consultas presenciales.
  4. d) Es mayor de 18 años y posee plena capacidad legal.

ARTÍCULO 2. MARCO NORMATIVO

2.1. El servicio de telemedicina de NUEVA MEDICINA se rige por las siguientes normas, sin perjuicio de toda otra normativa que resulte aplicable:

  1. a) Ley N° 20.584, que Regula los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con Acciones Vinculadas a su Atención de Salud.
  2. b) Ley N° 19.628, sobre Protección de Datos de Carácter Personal y sus modificaciones vigentes.
  3. c) Ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.
  4. d) Código Sanitario (DFL N° 725 de 1967).
  5. e) Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación.
  6. f) Ley N° 21.459, que Establece Normas sobre Delitos Informáticos.
  7. g) Código Civil, Libro IV, en materia de responsabilidad contractual y extracontractual.
  8. h) Resolución Exenta MINSAL-FONASA N° 204, de 24 de marzo de 2020, y sus actualizaciones. i) Oficio Circular IP N° 7, de la Intendencia de Prestadores de Salud, de 13 de abril de 2020, y demás instrucciones de la Superintendencia de Salud aplicables. j) Toda otra normativa sanitaria, reglamentaria o administrativa que regule la prestación de servicios de salud a distancia en Chile.

SECCIÓN II — DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

ARTÍCULO 3. NATURALEZA DEL SERVICIO DE TELEMEDICINA

3.1. El servicio de telemedicina consiste en la realización de atenciones clínicas remotas de baja y mediana complejidad, mediante videollamada encriptada u otros medios de comunicación digital habilitados por la Plataforma, entre un Profesional independiente y un Paciente mayor de 18 años. El servicio de videollamada es provisto actualmente a través de Google Meet (u otro proveedor que NUEVA MEDICINA determine), que cumple estándares de seguridad reconocidos internacionalmente (ISO 27001, SOC 2, encriptación en tránsito u otros equivalentes). NUEVA MEDICINA podrá cambiar de proveedor de videollamada en cualquier momento, siempre que el nuevo proveedor cumpla con estándares de seguridad equivalentes o superiores.

3.2. Las especialidades y disciplinas disponibles a través del servicio de telemedicina incluyen, sin carácter taxativo:

  1. a) Medicina general y de especialidades.
  2. b) Nutrición clínica.
  3. c) Psicología clínica.
  4. d) Entrenamiento y acondicionamiento físico.

3.3. Disposición especial sobre entrenamiento y acondicionamiento físico: El Paciente que contrate servicios de entrenamiento y acondicionamiento físico a través de la Plataforma declara conocer y aceptar expresamente que:

  1. a) El servicio de entrenamiento remoto NO sustituye una evaluación médica presencial previa. El Paciente es responsable de contar con aptitud física adecuada para la realización de ejercicio, debiendo consultar a un médico antes de iniciar cualquier programa de entrenamiento si presenta condiciones de salud preexistentes.
  1. b) El Paciente declara encontrarse en condiciones de salud compatibles con la práctica de actividad física, o haber sido autorizado por un médico para realizarla.
  1. c) El entrenador actúa como profesional independiente del ámbito deportivo y NO ejerce funciones médicas, de diagnóstico ni de tratamiento de salud. Sus indicaciones son de carácter deportivo y de acondicionamiento físico.
  1. d) El Paciente asume los riesgos propios e inherentes a la práctica de ejercicio físico, incluyendo sin limitación: lesiones musculoesqueléticas, fatiga, mareos, agravamiento de condiciones preexistentes no informadas y otros riesgos comunes asociados a la actividad física.
  1. e) Ni NUEVA MEDICINA ni el entrenador serán responsables por lesiones o perjuicios derivados de la ejecución incorrecta de los ejercicios indicados, de condiciones de salud no informadas por el Paciente, o del incumplimiento de las indicaciones de seguridad proporcionadas por el entrenador.

3.4. NUEVA MEDICINA podrá ampliar, reducir o modificar las especialidades y disciplinas disponibles en cualquier momento, informando oportunamente a los Usuarios a través de la Plataforma.

ARTÍCULO 4. ALCANCE Y LIMITACIONES DEL SERVICIO

4.1. El servicio de telemedicina permite:

  1. a) Consultas clínicas remotas.
  2. b) Evaluación de síntomas y antecedentes.
  3. c) Orientación diagnóstica dentro de las limitaciones del medio remoto.
  4. d) Emisión de indicaciones terapéuticas.
  5. e) Emisión de recetas médicas simples, cuando el criterio profesional lo permita.
  6. f) Emisión de recetas retenidas, conforme a la regulación vigente.
  7. g) Emisión de órdenes de exámenes.
  8. h) Emisión de certificados médicos. i) Emisión de licencias médicas electrónicas, conforme a la normativa vigente. j) Derivación a atención presencial cuando sea clínicamente necesario.

4.2. El servicio de telemedicina NO incluye:

  1. a) Atención de urgencias ni emergencias médicas.
  2. b) Venta, distribución o dispensación de medicamentos.
  3. c) Exámenes complementarios médicos presenciales.
  4. d) Procedimientos y/o tratamientos de enfermería.
  5. e) Curaciones, manejo de sondas, ostomías u otras prestaciones presenciales.
  6. f) Atención de personas menores de 18 años.
  7. g) Chequeo de lunares o lesiones sospechosas de cáncer de piel (requiere evaluación presencial).
  8. h) Evaluación de enfermedades en zonas genitales, mucosa oral o zona mamaria que requieran examen físico directo.

4.3. Declaración expresa: El servicio de telemedicina no sustituye, reemplaza ni equivale a la atención médica presencial, a la relación con un médico tratante habitual ni a la realización de chequeos preventivos de salud presenciales.

4.4. Si durante la atención el Profesional estima, conforme a su criterio clínico y a los antecedentes del Paciente, que la situación requiere una atención presencial, podrá suspender la consulta remota. En tal caso, conforme a los artículos 2, 10 y 12 de la Ley N° 20.584, se entenderá cumplida la atención remota, dejando el Profesional constancia fundada en la Ficha Clínica del Paciente.

ARTÍCULO 5. SOBRE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD

5.1. Todos los profesionales que prestan servicios a través de la Plataforma:

  1. a) Ejercen sus respectivas profesiones de manera independiente, bajo su propio título habilitante y registro profesional vigente.
  2. b) Se encuentran habilitados para el ejercicio de su profesión conforme a la legislación chilena y, cuando corresponda, inscritos en el Registro de Prestadores de la Superintendencia de Salud.
  3. c) Emiten boleta de honorarios por sus servicios profesionales.
  4. d) No mantienen relación laboral, de subordinación ni dependencia con NUEVA MEDICINA.

5.2. Cada Profesional ejerce con plena autonomía técnica y científica. Cualquier información, recomendación, indicación, diagnóstico, prescripción o tratamiento emanado de la atención de telemedicina proviene y es atribuible exclusivamente al Profesional que la emite, en el contexto de la relación directa Profesional-Paciente.

5.3. La pertinencia, duración y contenido de licencias médicas, recetas, certificados y demás documentos clínicos son de exclusiva responsabilidad y criterio del Profesional tratante.

5.4. NUEVA MEDICINA no interviene, condiciona ni influye en las decisiones clínicas de los Profesionales.

SECCIÓN III — PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN

ARTÍCULO 6. RESERVA DE HORA

6.1. Para solicitar una atención de telemedicina, el Paciente deberá:

  1. a) Ingresar a https://nuevamedicina.cl con sus credenciales.
  2. b) Seleccionar la especialidad o profesional de su preferencia.
  3. c) Escoger fecha y hora según la disponibilidad informada.
  4. d) Completar o verificar sus datos personales y de previsión.
  5. e) Aceptar los presentes T&C de Telemedicina, el Consentimiento Informado y demás documentos aplicables.
  6. f) Proceder al pago del servicio conforme a los medios habilitados.

6.2. La reserva de hora está disponible los 365 días del año, sujeta a la disponibilidad de los Profesionales y sus agendas.

6.3. Una vez confirmada la reserva y procesado el pago, el Paciente recibirá un correo electrónico con:

  1. a) Confirmación del agendamiento.
  2. b) Fecha, hora y datos de la atención.
  3. c) Enlace de acceso a la videollamada.
  4. d) Instrucciones previas a la consulta.

6.4. Se recomienda al Paciente verificar que los correos de NUEVA MEDICINA no sean dirigidos a la carpeta de spam y agregar las direcciones de correo de NUEVA MEDICINA a su lista de contactos conocidos.

ARTÍCULO 7. DÍA DE LA ATENCIÓN

7.1. Conexión: El Paciente deberá conectarse al enlace de videollamada enviado a su correo electrónico al menos 5 minutos antes de la hora agendada.

7.2. Verificación de identidad: El Profesional podrá solicitar al Paciente que exhiba su cédula de identidad o pasaporte vigente para verificar su identidad, conforme a la normativa sobre protección de datos y ficha clínica. Si los datos no coinciden con los de la reserva, el Profesional podrá cancelar la atención.

7.3. Tolerancia de espera: Se establece una tolerancia máxima de 10 minutos desde la hora programada para que el Paciente se conecte. Si el Paciente no se conecta dentro de este plazo, la sesión se considerará realizada y se aplicará la Política de Inasistencias. El Profesional dejará constancia en la Ficha Clínica de la hora de conexión del Profesional, los intentos de contacto realizados y la hora de cierre de la sesión, como respaldo de la inasistencia.

7.4. En caso de no conexión inicial del Paciente, el Profesional podrá enviar un nuevo enlace de acceso por una única vez.

7.5. Desarrollo de la atención: El Profesional atenderá al Paciente mediante videollamada, obteniendo los antecedentes clínicos necesarios para la evaluación. Al finalizar, y según corresponda, podrá emitir:

  1. a) Diagnóstico y plan de tratamiento.
  2. b) Receta médica simple o retenida.
  3. c) Orden de exámenes.
  4. d) Certificado médico.
  5. e) Licencia médica electrónica.
  6. f) Indicación de derivación a atención presencial.

7.6. Los documentos clínicos serán enviados al correo electrónico registrado por el Paciente al momento de la reserva, y podrán estar disponibles adicionalmente en la Plataforma (App o Portal del Paciente), según la funcionalidad vigente al momento de la atención.

NUEVA MEDICINA no garantiza la disponibilidad permanente ni ininterrumpida de funcionalidades adicionales al envío por correo electrónico.

7.7. Prohibición de grabación: Queda estrictamente prohibido grabar, filmar o capturar de cualquier forma la atención de telemedicina, salvo autorización expresa de ambas partes. NUEVA MEDICINA no graba las consultas. Lo anterior, sin perjuicio de dejarse constancia de la atención en la Ficha Clínica conforme a la ley.

ARTÍCULO 8. FICHA CLÍNICA

8.1. Conforme a la Ley N° 20.584 y su reglamento, se dejará constancia de cada atención en la Ficha Clínica Electrónica del Paciente.

8.2. La Ficha Clínica es de propiedad del Paciente conforme al artículo 13 de la Ley N° 20.584. NUEVA MEDICINA actúa como custodio técnico-administrativo de la Ficha Clínica, siendo responsable de su conservación y seguridad conforme a la ley. El contenido clínico de la Ficha es de exclusiva responsabilidad del Profesional que lo genera. La custodia técnica no implica titularidad sobre el acto clínico ni convierte a NUEVA MEDICINA en prestador de salud.

8.3. Plazo de conservación: NUEVA MEDICINA conservará la Ficha Clínica Electrónica por un plazo mínimo de 15 años contados desde la última atención registrada, conforme al artículo 13 de la Ley N° 20.584 y su reglamento (D.S. N° 41 de 2012 del Ministerio de Salud), garantizando su integridad, confidencialidad y acceso controlado durante todo el período de conservación.

8.4. La Ficha Clínica se almacena en servidores seguros proporcionados por proveedores de hosting especializados (actualmente SiteGround u otro que NUEVA MEDICINA determine), implementando medidas de seguridad técnicas y organizativas apropiadas.

8.5. Los documentos, archivos o imágenes que el Paciente envíe al Profesional a través de la Plataforma quedarán incorporados a la Ficha Clínica cuando así lo determine el Profesional tratante.

8.6. El Paciente tiene derecho a solicitar copia de su Ficha Clínica conforme al artículo 13 de la Ley N° 20.584, mediante solicitud escrita al correo: [email protected]. NUEVA MEDICINA dará respuesta dentro del plazo legal.

ARTÍCULO 9. RECETAS MÉDICAS

9.1. Receta médica simple: Si el criterio profesional lo permite, al finalizar la atención el Profesional podrá emitir una receta médica simple, la cual será enviada en formato digital al correo electrónico del Paciente.

9.2. Receta retenida: Cuando el criterio clínico del Profesional lo justifique, este podrá emitir recetas retenidas conforme a la regulación vigente. Dichas recetas se enviarán por los medios que la normativa exija, incluyendo, cuando corresponda, el envío físico mediante servicio de courier para Santiago o correo certificado para el resto de las regiones, conforme a los datos proporcionados por el Paciente.

9.3. Responsabilidad por uso de recetas: Una vez emitida y entregada la receta al Paciente, éste es el único responsable de su custodia, uso adecuado y presentación ante farmacias u otros establecimientos. NUEVA MEDICINA y el Profesional no serán responsables por el uso indebido, fraudulento o contrario a las indicaciones médicas que el Paciente o terceros hagan de las recetas emitidas.

9.4. NUEVA MEDICINA no vende, distribuye ni dispensa medicamentos de ningún tipo.

ARTÍCULO 10. LICENCIAS MÉDICAS

10.1. Cuando el criterio clínico del Profesional lo justifique y la normativa vigente lo permita, el Profesional médico podrá emitir licencias médicas electrónicas dentro de las 48 horas siguientes a la atención.

10.2. Criterio médico exclusivo: La decisión de emitir o no una licencia médica, así como su tipo, duración y diagnóstico, es de exclusiva competencia y responsabilidad del Profesional tratante, conforme a su criterio clínico, la lex artis de su disciplina y la normativa de la COMPIN (Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez). NUEVA MEDICINA no interviene, condiciona, solicita ni influye en la decisión del Profesional de emitir o denegar una licencia médica. La emisión de una licencia médica por el Profesional NO garantiza su aprobación por la entidad previsional correspondiente (COMPIN, Isapre u otra).

10.3. El Paciente declara conocer y aceptar que:

  1. a) La emisión de licencia médica NO está garantizada como resultado de la consulta. El Profesional emitirá licencia únicamente cuando su criterio clínico lo justifique.
  2. b) La no emisión de licencia no genera derecho a reembolso, ya que el servicio prestado es la atención clínica y no la emisión de un documento específico.
  3. c) NUEVA MEDICINA no asume responsabilidad alguna por el contenido, pertinencia, duración o diagnóstico consignado en una licencia médica, siendo esta responsabilidad exclusiva del Profesional.

10.4. Exoneración por rechazo de COMPIN, Isapre o empleador: Ni NUEVA MEDICINA ni el Profesional serán responsables por:

  1. a) El rechazo, reducción o modificación de la licencia médica por parte de la COMPIN, Isapre, empleador u otra entidad.
  2. b) Las consecuencias laborales, económicas o previsionales que se deriven del rechazo de la licencia.
  3. c) La interpretación que terceros (empleadores, aseguradoras, organismos previsionales) hagan de la licencia emitida.
  4. d) La compatibilidad de la licencia con los requisitos específicos del empleador o del régimen previsional del Paciente.

10.5. Uso indebido de licencias por el Paciente: El uso fraudulento, alterado o indebido de licencias médicas electrónicas por parte del Paciente o terceros constituye una infracción grave que podrá dar lugar a:

  1. a) La cancelación inmediata de la cuenta del Paciente.
  2. b) La denuncia ante las autoridades competentes (COMPIN, Superintendencia de Seguridad Social, Ministerio Público, según corresponda).
  3. c) Las acciones civiles y penales procedentes.
  4. d) El Paciente deberá indemnizar a NUEVA MEDICINA y al Profesional por todo daño que se derive del uso indebido de la licencia.

ARTÍCULO 11. ÓRDENES DE EXÁMENES Y CERTIFICADOS

11.1. El Profesional podrá emitir órdenes de exámenes que permitan verificar, identificar o descartar un determinado diagnóstico. Estas serán enviadas al correo electrónico del Paciente y estarán disponibles en la Plataforma.

11.2. El Profesional podrá emitir certificados médicos de atención, válidos como justificativo ante instituciones, así como certificados de derivación.

11.3. El costo de los exámenes ordenados no está incluido en el valor de la consulta y será de cargo del Paciente.

SECCIÓN IV — REQUISITOS TÉCNICOS Y CONECTIVIDAD

ARTÍCULO 12. REQUISITOS TÉCNICOS

12.1. Para asegurar la calidad de la atención, el Paciente debe contar con:

  1. a) Dispositivo con cámara y micrófono funcionales (computador, tablet o smartphone).
  2. b) Conexión estable a Internet. Se recomienda: red WiFi o red móvil 4G/5G, con velocidad mínima de 1 Mbps.
  3. c) Navegador web actualizado o la aplicación indicada por la Plataforma.
  4. d) Un espacio privado, silencioso y con buena iluminación que garantice la confidencialidad de la atención.

12.2. Es responsabilidad exclusiva del Paciente asegurar el cumplimiento de estos requisitos técnicos.

ARTÍCULO 13. INCIDENCIAS TÉCNICAS

13.1. Si durante la atención se produce una falla de audio, video o conexión no imputable al Profesional:

  1. a) El Profesional podrá intentar restablecer la comunicación mediante un nuevo enlace.
  2. b) Si la falla persiste, el Profesional podrá continuar la atención por teléfono celular u otro medio que estime conveniente, si la naturaleza de la consulta lo permite.
  3. c) Si no es posible completar la atención por ningún medio, el Profesional podrá dar la sesión por realizada o recomendar su reprogramación, según su criterio clínico.

13.2. Si la falla técnica es imputable a la Plataforma de NUEVA MEDICINA, el Paciente tendrá derecho a la reprogramación de la atención sin costo adicional o, si lo prefiere, a solicitar el reembolso conforme a la Política de Inasistencias y Reembolsos.

13.3. Si la falla de conexión es imputable al Paciente (por ejemplo: internet inestable, dispositivo sin cámara, entorno inadecuado), la atención se considerará realizada y no procederá reembolso.

13.4. Falla de proveedor tercero (servidor, videollamada, cloud): Si la falla es atribuible a un proveedor de infraestructura tecnológica externo (servidor de hosting, servicio de videollamada, proveedor cloud), se aplicarán las siguientes reglas:

  1. a) Se intentará la reconexión dentro de los 10 minutos siguientes a la caída.
  2. b) Si la reconexión se logra dentro de ese plazo, la atención continuará normalmente.
  3. c) Si no es posible restablecer la conexión dentro de los 10 minutos, el Paciente tendrá derecho a la reprogramación sin costo o al reembolso conforme a la Política de Inasistencias.
  4. d) NUEVA MEDICINA no será responsable por daños derivados de la interrupción, pero sí por gestionar diligentemente la reprogramación o el reembolso.

13.5. NUEVA MEDICINA no será responsable por fallas de conectividad del proveedor de internet del Paciente, problemas en los dispositivos del Paciente ni por interrupciones de servicios de terceros ajenas a su control razonable.

SECCIÓN V — EXCLUSIONES Y DERIVACIONES

ARTÍCULO 14. SITUACIONES DE URGENCIA O EMERGENCIA

14.1. NUEVA MEDICINA NO presta servicios de urgencia ni emergencia.

14.2. Si el Paciente presenta síntomas que requieran atención inmediata, incluyendo sin limitación:

  1. a) Dolor torácico o dificultad respiratoria.
  2. b) Pérdida de conciencia, confusión o desvanecimiento.
  3. c) Convulsiones.
  4. d) Sangrado abundante.
  5. e) Sospecha de accidente cerebrovascular.
  6. f) Ideación suicida activa.
  7. g) Traumatismo grave.
  8. h) Quemaduras extensas. i) Ingesta de tóxicos o sobredosis. j) Cualquier otra condición que comprometa la vida o integridad.

Deberá acudir de inmediato al servicio de urgencia más cercano o contactar a los servicios de emergencia (SAMU 131, Bomberos 132, Carabineros 133).

14.3. Si durante la atención el Profesional detecta una condición que pueda representar un riesgo para la vida o integridad del Paciente:

  1. a) Suspenderá la consulta remota.
  2. b) Orientará al Paciente para que acuda a un servicio de urgencia.
  3. c) Con autorización del Paciente, podrá contactar a un tercero de emergencia (familiar o tutor) para gestionar la situación.
  4. d) Dejará constancia fundada en la Ficha Clínica.

ARTÍCULO 15. DERIVACIÓN A ATENCIÓN PRESENCIAL

15.1. El Profesional podrá derivar al Paciente a atención presencial cuando las limitaciones de la telemedicina impidan un diagnóstico o tratamiento adecuado.

15.2. Los gastos de la atención presencial derivada serán de cargo del Paciente y no están cubiertos por el valor de la consulta de telemedicina.

15.3. Condiciones para entender cumplida la atención ante derivación: La derivación no genera derecho a reembolso de la consulta remota, siempre que se cumplan las siguientes condiciones mínimas de diligencia:

  1. a) El Profesional haya realizado una evaluación clínica efectiva del Paciente, aunque sea parcial, que le permita fundamentar la necesidad de derivación. Se entiende por evaluación clínica efectiva, como mínimo: la recepción del motivo de consulta, la anamnesis básica y la constatación fundada de que la telemedicina no es la vía adecuada para la atención requerida.
  1. b) El Profesional haya dejado constancia fundada en la Ficha Clínica del motivo de la derivación y de la evaluación realizada hasta ese momento.
  1. c) El Profesional haya orientado al Paciente sobre los pasos a seguir (especialista a consultar, servicio de urgencia, exámenes previos, etc.).

15.4. Si la atención es suspendida por el Profesional sin cumplir las condiciones mínimas del numeral anterior (por ejemplo, suspensión en los primeros 2 minutos sin evaluación alguna y sin fundamento clínico registrado), el Paciente podrá solicitar la reprogramación sin costo o el reembolso conforme a la Política de Inasistencias y Reembolsos.

ARTÍCULO 16. EXCLUSIONES POSTERIORES A LA ATENCIÓN

16.1. Para recibir una atención adecuada, el Paciente está obligado a entregar toda la información necesaria sobre su sintomatología, antecedentes médicos y cualquier dato relevante.

16.2. Cualquier diagnóstico, indicación o tratamiento emitido por el Profesional se basa exclusivamente en la información proporcionada por el Paciente en el contexto de la atención remota.

16.3. NUEVA MEDICINA y el Profesional no serán responsables por diagnósticos erróneos u otros problemas clínicos que deriven de:

  1. a) Información falsa, incompleta o deliberadamente omitida por el Paciente.
  2. b) Las limitaciones inherentes al examen clínico remoto.
  3. c) La no concurrencia del Paciente a controles o atenciones presenciales recomendadas.
  4. d) El incumplimiento de las indicaciones médicas por parte del Paciente.

SECCIÓN VI — VALOR Y PAGO

ARTÍCULO 17. VALOR DEL SERVICIO

17.1. Al realizar una reserva, la Plataforma informará el valor particular de la especialidad y profesional seleccionado.

17.2. El valor informado corresponde al precio total de la atención, incluidos los impuestos que correspondan.

17.3. Los precios pueden sufrir modificaciones, las cuales no afectarán las atenciones ya pagadas.

17.4. El valor de la consulta de telemedicina no incluye:

  1. a) Exámenes complementarios.
  2. b) Medicamentos.
  3. c) Atenciones presenciales derivadas.
  4. d) Cualquier otra prestación no expresamente contemplada.

ARTÍCULO 18. PAGO

18.1. El pago debe realizarse previo a la atención, al momento de confirmar la reserva.

18.2. Los medios de pago aceptados son los informados en los Términos y Condiciones Generales y en la Plataforma al momento del pago.

18.3. Las reservas no pagadas dentro de las 2 horas hábiles siguientes a su creación serán anuladas automáticamente.

18.4. Las condiciones de cancelación y reembolso se rigen por la Política de Inasistencias y Reembolsos, que forma parte integrante del presente instrumento.

SECCIÓN VII — PREVENCIÓN DE FRAUDE

ARTÍCULO 19. VERIFICACIÓN DE IDENTIDAD

19.1. Para prevenir reservas fraudulentas, NUEVA MEDICINA podrá contactar al Paciente por teléfono o correo electrónico para verificar la información de la cita.

19.2. El Paciente se compromete a facilitar dicha verificación. Si no proporciona la información requerida dentro de las 48 horas siguientes a la solicitud, NUEVA MEDICINA se reserva el derecho de suspender, interrumpir o denegar el acceso a la Plataforma y al servicio hasta que la información sea confirmada.

19.3. El día de la atención, el Profesional podrá verificar la identidad del Paciente mediante exhibición de documento de identidad vigente. Si la identidad no puede verificarse satisfactoriamente, la atención podrá ser cancelada.

ARTÍCULO 20. USO FRAUDULENTO DE IDENTIDAD

20.1. El Paciente declara que la reserva y la atención se realizan bajo su propia identidad, con datos verdaderos y verificables.

20.2. La suplantación de identidad, el uso de datos ajenos o la presentación de documentación falsa constituyen infracciones graves que darán lugar a:

  1. a) Cancelación inmediata de la cuenta y la atención.
  2. b) Denuncia ante las autoridades competentes conforme a la Ley N° 21.459 y demás normativa penal aplicable.
  3. c) Acciones civiles por los daños causados.

20.3. NUEVA MEDICINA queda indemne de toda responsabilidad derivada del uso fraudulento de identidad por parte de terceros, conforme a la cláusula de indemnidad establecida en los Términos y Condiciones Generales.

SECCIÓN VIII — REGISTRO DE INCIDENTES Y SEGURIDAD

ARTÍCULO 21. REGISTRO DE INCIDENTES

21.1. NUEVA MEDICINA mantiene un registro de incidentes de seguridad de la información, incluyendo la adopción de medidas inmediatas para mitigar efectos y prevenir futuros eventos.

21.2. Para cualquier comunicación relacionada con incidentes de seguridad, el Paciente deberá utilizar el correo electrónico: [email protected].

21.3. NUEVA MEDICINA se compromete a notificar a los Pacientes afectados en caso de una brecha de seguridad que comprometa datos personales o datos sensibles de salud, conforme a los procedimientos establecidos en la Política de Privacidad.

SECCIÓN IX — DISPOSICIONES FINALES

ARTÍCULO 21-BIS. DERECHOS IRRENUNCIABLES DEL CONSUMIDOR

21-bis.1. Nada de lo dispuesto en el presente instrumento limita, restringe o excluye los derechos irrenunciables del Paciente en su calidad de consumidor conforme a la Ley N° 19.496.

ARTÍCULO 22. MODIFICACIONES

22.1. NUEVA MEDICINA se reserva el derecho de modificar los presentes Términos y Condiciones de Telemedicina en cualquier momento, por cambios en funcionalidades, servicios, requisitos legales, políticas internas u otros motivos.

22.2. Las modificaciones serán informadas mediante publicación en la Plataforma y, cuando sean sustanciales, mediante notificación por correo electrónico.

22.3. El uso continuado del servicio de telemedicina tras la publicación de las modificaciones constituirá aceptación de los términos actualizados.

ARTÍCULO 23. DIVISIBILIDAD REFORZADA

23.1. Si alguna cláusula del presente instrumento fuera declarada nula, inválida, inaplicable o abusiva por un tribunal competente o autoridad administrativa, dicha declaración no afectará la validez de las restantes disposiciones, las cuales continuarán en pleno vigor y efecto. La cláusula afectada será reemplazada por una disposición válida que refleje la intención original de las partes y el equilibrio contractual.

ARTÍCULO 24. LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN

24.1. El servicio de telemedicina y la Plataforma son controlados, operados y administrados desde la ciudad de Santiago de Chile, pudiendo accederse desde cualquier dispositivo conectado a Internet.

24.2. Los presentes Términos y Condiciones se regirán por las leyes de la República de Chile.

24.3. Toda controversia será sometida, previo agotamiento del procedimiento de reclamo interno y mediación prevista en los Términos y Condiciones Generales, a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Justicia de Santiago de Chile.

24.4. Se fija domicilio contractual en la ciudad de Santiago, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Chile.

ARTÍCULO 25. REMISIÓN

25.1. En todo lo no expresamente regulado por el presente instrumento, se aplicarán supletoriamente los Términos y Condiciones Generales del Servicio, la Política de Privacidad, la Política de Inasistencias y Reembolsos, el Consentimiento Informado y demás documentos que conforman el marco contractual de NUEVA MEDICINA.

Nueva Medicina SpA — RUT: 76.592.283-6

Domicilio: Los Militares 5620, of. 905, Las Condes, R.M., Chile

Contacto: [email protected] | WhatsApp: +56 9 5126 3546

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